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	<title>Comentarios en: Sobre la obligatoriedad de la mediación</title>
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	<description>Asesoramiento legal de la empresa</description>
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		<title>Por: Rafael Dueñas</title>
		<link>https://www.xn--rafaeldueas-9db.com/sobre-la-obligatoriedad-de-la-mediacion/#comment-1508</link>
		<dc:creator><![CDATA[Rafael Dueñas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Oct 2018 11:24:38 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Mantengo la posición inicial. El problema es que se convierta en un mero trámite más, sin conseguir convertir esa primera comparecencia de las partes ante un mediador para ser informados en una oportunidad para dar una solución autocompositiva.

Es decir, mantengo la obligatoriedad pero es insuficiente si no va a compañada de otras medidas.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Mantengo la posición inicial. El problema es que se convierta en un mero trámite más, sin conseguir convertir esa primera comparecencia de las partes ante un mediador para ser informados en una oportunidad para dar una solución autocompositiva.</p>
<p>Es decir, mantengo la obligatoriedad pero es insuficiente si no va a compañada de otras medidas.</p>
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		<title>Por: Giannina Genta</title>
		<link>https://www.xn--rafaeldueas-9db.com/sobre-la-obligatoriedad-de-la-mediacion/#comment-1495</link>
		<dc:creator><![CDATA[Giannina Genta]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 07 Sep 2018 11:25:59 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Estimado Dr. Dueñas
Soy abogada, uruguaya, y  estoy preparando una monografía referente a la Obligatoriedad de la Mediación. 
Quisiera saber si mantiene la posición expuesta en este artículo ya que la dinámica social puede haber generado  cambios que a meriten una reconsideración.
Muchas gracias, por su atención.
Saludos cordiales,
Dra. Giannina Genta]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Dr. Dueñas<br />
Soy abogada, uruguaya, y  estoy preparando una monografía referente a la Obligatoriedad de la Mediación.<br />
Quisiera saber si mantiene la posición expuesta en este artículo ya que la dinámica social puede haber generado  cambios que a meriten una reconsideración.<br />
Muchas gracias, por su atención.<br />
Saludos cordiales,<br />
Dra. Giannina Genta</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Rafael Dueñas</title>
		<link>https://www.xn--rafaeldueas-9db.com/sobre-la-obligatoriedad-de-la-mediacion/#comment-129</link>
		<dc:creator><![CDATA[Rafael Dueñas]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Feb 2015 18:29:35 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Gracias por tu comentario, Antonio.

Es cierto que podemos volver a los tiempos de la conciliación civil obligatoria que no sirvió para nada. Cuando la impusieron pensaron en los &quot;buenos hombres&quot; que ayudarían a resolver los conflictos, y sólo sirvió para empantanar más tiempo los conflictos. Desde luego, no comparto con que deban ser funcionarios los que burocraticen en su peor acepción de la palabra esta mediación. Debería ser externa, por profesinales mejor formados y coordinados con los Juzgados, y desde luego, establecer un sistema de incentivos para acudir a la misma. Los incentivos son la clave del sistema, que en una mediación - rapidez, control de la toma de decisiones, confidencialidad, costes...- por sí misma ya van de serie frente al pleito.

Y sí, la deriva a estos procedimientos debería ser en cualquier momento. Ayer en una audiencia previa el letrado de la contraparte me indicó que la negociación la podemos alargar hasta el día del juicio sin problemas...]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por tu comentario, Antonio.</p>
<p>Es cierto que podemos volver a los tiempos de la conciliación civil obligatoria que no sirvió para nada. Cuando la impusieron pensaron en los &#8220;buenos hombres&#8221; que ayudarían a resolver los conflictos, y sólo sirvió para empantanar más tiempo los conflictos. Desde luego, no comparto con que deban ser funcionarios los que burocraticen en su peor acepción de la palabra esta mediación. Debería ser externa, por profesinales mejor formados y coordinados con los Juzgados, y desde luego, establecer un sistema de incentivos para acudir a la misma. Los incentivos son la clave del sistema, que en una mediación &#8211; rapidez, control de la toma de decisiones, confidencialidad, costes&#8230;- por sí misma ya van de serie frente al pleito.</p>
<p>Y sí, la deriva a estos procedimientos debería ser en cualquier momento. Ayer en una audiencia previa el letrado de la contraparte me indicó que la negociación la podemos alargar hasta el día del juicio sin problemas&#8230;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Por: Antonio J.</title>
		<link>https://www.xn--rafaeldueas-9db.com/sobre-la-obligatoriedad-de-la-mediacion/#comment-128</link>
		<dc:creator><![CDATA[Antonio J.]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Feb 2015 10:26:30 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[El asunto que late aquí Rafael y que es lo que creo yo que no debemos perder de vista es la experiencia pasada con la conciliación obligatoria y la actual  con la conciliación previa en la jurisdicción social.

Los aparatos burocráticos se mueven casi siempre siguiendo reflejos adquiridos y una reforma como la que propones y cuya base teórica tan bien expones acabaría de facto en la reintroducción de la conciliación civil, es decir un trámite engorroso y sin sentido salvo que se cree una masa crítica suficiente que desde el respeto mutuo establezca una coordinación imprescindible entre la oficina judicial y unos servicios de mediación y mediadores externos

Y aparte pero íntimamente relacionado está el tema de los incentivos que a través de modificaciones legales se pueden ofrecer a las partes y al propio juzgado con fines promocionales y de apoyo a este sistema y que se me ocurre que no deberían limitarse al momento inicial del procedimiento sino modularse a lo largo de todo el iter procedimental y coordinarse con los preceptos relativos a la buena fe procesal a fin de lograr verdadera efectividad]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>El asunto que late aquí Rafael y que es lo que creo yo que no debemos perder de vista es la experiencia pasada con la conciliación obligatoria y la actual  con la conciliación previa en la jurisdicción social.</p>
<p>Los aparatos burocráticos se mueven casi siempre siguiendo reflejos adquiridos y una reforma como la que propones y cuya base teórica tan bien expones acabaría de facto en la reintroducción de la conciliación civil, es decir un trámite engorroso y sin sentido salvo que se cree una masa crítica suficiente que desde el respeto mutuo establezca una coordinación imprescindible entre la oficina judicial y unos servicios de mediación y mediadores externos</p>
<p>Y aparte pero íntimamente relacionado está el tema de los incentivos que a través de modificaciones legales se pueden ofrecer a las partes y al propio juzgado con fines promocionales y de apoyo a este sistema y que se me ocurre que no deberían limitarse al momento inicial del procedimiento sino modularse a lo largo de todo el iter procedimental y coordinarse con los preceptos relativos a la buena fe procesal a fin de lograr verdadera efectividad</p>
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