Reclamación de deudas de la administración pública
La normativa sobre contratación pública establece medidas expeditivas para el cobro de deudas de las administraciones públicas. El inicio de estas actuaciones permite de inicio la compensación de bases de IVA y deducible por deterioro en el Impuesto de Sociedades ( o I.R.P.F. en su caso). A través de medidas cautelares puede obtenerse el cobro rápido de dichas cantidades sin espera a la sentencia final que reconozca el derecho de cobro.
En el blog
Retenciones en factura como garantía de solvencia en obra pública
30 septiembre, 2013
Ya tenemos entre nosotros la esperada Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a…
Leer más →Inversión del sujeto pasivo del IVA en las ejecuciones de obras
12 diciembre, 2012
Se ha establecido un nuevo supupesto de inversión de sujeto pasivo del IVA que…
Leer más →Los plazos de pago de facturas y su inminente reforma
28 enero, 2013
La ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29…
Leer más →