Reclamación de deudas de la administración pública
La normativa sobre contratación pública establece medidas expeditivas para el cobro de deudas de las administraciones públicas. El inicio de estas actuaciones permite de inicio la compensación de bases de IVA y deducible por deterioro en el Impuesto de Sociedades ( o I.R.P.F. en su caso). A través de medidas cautelares puede obtenerse el cobro rápido de dichas cantidades sin espera a la sentencia final que reconozca el derecho de cobro.
En el blog
El plan de rescate para entes locales deja fuera al País Vasco y Navarra
12 marzo, 2012
Conforme a la DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA del Real Decreto Ley 7/2012 de 9 de marzo,…
Leer más →Novedades que afectan al subcontratista en relación al pago a proveedores por las administraciones públicas
1 julio, 2013
Ya hay un nuevo plan de pagos a proveedores de las Administraciones Públicas, el Real…
Leer más →Euskadi y Navarra podrán adherirse al mecanismo de financiación de entes locales.
16 julio, 2012
Euskadi y Navarra quedaron fuera del mecanismo de financiación a entidades locales para el pago…
Leer más →