Reclamación de deudas de la administración pública
La normativa sobre contratación pública establece medidas expeditivas para el cobro de deudas de las administraciones públicas. El inicio de estas actuaciones permite de inicio la compensación de bases de IVA y deducible por deterioro en el Impuesto de Sociedades ( o I.R.P.F. en su caso). A través de medidas cautelares puede obtenerse el cobro rápido de dichas cantidades sin espera a la sentencia final que reconozca el derecho de cobro.
En el blog
Concurso de acreedores y contratación pública
27 marzo, 2012
Una de las facultades que las Administraciones Públicas se arrogan es la de resolver los…
Leer más →Retenciones en factura como garantía de solvencia en obra pública
30 septiembre, 2013
Ya tenemos entre nosotros la esperada Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a…
Leer más →Cobrar deudas de Administraciones Públicas (3 de 3)
21 febrero, 2012
La ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha…
Leer más →