Euskadi y Navarra podrán adherirse al mecanismo de financiación de entes locales.

Euskadi y Navarra quedaron fuera del mecanismo de financiación a entidades locales para el pago de facturas a proveedores regulado como indiqué en una entrada anterior.
 
La justificación era competencial.
Ahora se ha publicado el RealDecreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero en cuyas Disposiciones Adicionales 1ª y 2º se establece que tanto Euskadi como Navarra podrán adherirse a dicho mecanismo de financiación.
La verdad es que estas dos comunidades vienen pagando sus facturas con muy poco retraso respecto del plazo legal, pero sería conveniente tener este mecanismo para que los proveedores de entes locales puedan cobrar en algunos casos.
La otra opción es la de acudir al procedimiento del artículo 217 del TRLCSP que permite cobrar cautelarmente en un plazo muy rápido.
En cualquier caso, corresponde a las asociaciones empresariales realizar las gestiones necesarias para lograr dicha adhesión si lo consideran conveniente.

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