Skip to content

Cobrar íntegramente deudas a las entidades locales.

El sábado 25 de febrero de 2012 se ha publicado el anunciado  Real Decreto Ley 4/2012 que establece el  mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.
Más allá de medidas de control de ajuste presupuestario para las entidades locales, es de destacar los artículos 8 a 10 en los que se establece un mecanismo de cobro para facturas pendientes de pago, de fecha anterior al año 2012, equivalente al descuento de efectos en entidades financieras, en este caso  a través de líneas ICO gestionadas por Bancos y Cajas de Ahorro.
El proveedor podrá solicitar el descuento ante una entidad financiera pero con estas premisas:

  • No podrá reclamar el pago de intereses, sólo del principal.
  • Para poder descontar su factura deberá comprobar que está incluida dentro de los listados que las administraciones locales hayan remitido al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
  • El pago se efectuará previa oferta de descuento por el proveedor, y con unos criterios de prioridad por establecerse que podrán incluir el descuento ofrecido, el hecho de haberse reclamado judicialmente y la antigüedad de la deuda.
Ahora bien, reconocida la deuda tal y como establecen los artículo 3 y 4  del Real Decreto Ley, la posibilidad de cobro de la deuda íntegra, sin descuento, así como los intereses de la misma, se puede articular a través del artículo 217 del TRLCSP, como ya desarrollé en una entrada anterior .
No hay oposición factible de la administración negando la veracidad de la deuda, y en la medida cautelar coetánea al inicio del procedimiento deberá abonar la deuda reconocida y reclamada, así como los intereses generados.
Se abren así dos posibilidades: (1) cobrar la factura del ICO y con descuento de parte de la misma, renunciando a los intereses o (2) aprovechar la existencia del listado para reclamar el pago íntegro junto con los intereses.

Comentarios (0)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver arriba