Insistimos todos: las tasas judiciales son abusivas.

Las tasas judiciales son abusivas. Lo he dicho varias veces sumándome a un clamor del que participan todos los operadores juridicos.

Nos estamos desayunando con la noticia  de que la Audiencia Provincial de Pontevedra en un par de resoluciones que resuelven recursos de queja sobre la inadmisión de recursos de apelación porque entienden que suponen un obstáculo al acceso a la Justicia.

Para ello se basan en sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional español en las que se afirma que el régimen de tasas judiciales no es contraria por sí sola al derecho fundamental al acceso a la Justicia, pero sí el importe de la misma resulta demasiado elevada entiende que obstaculiza el ejercicio de este Derecho.

En mi opinión el sistema de tasas judiciales puede tener justificación en supuestos como el de la jurisdicción laboral o mercantil francesas en el que hay Tribunales Escabinados compuestos por representantes de los trabajadores y de los empresarios en el primer caso, a modo de la extinta Magistratura de Trabajo, y por otros empresarios en el segundo caso. En tales casos, la tasa tiene sentido porque sirve para sufragar los costes de mantener estos magistrados legos.

En el caso español, las tasas se imponen con la finalidad única de sostener los costes de la asistencia jurídica gratuita y acabar con la “litigiosidad artificiosa“, aunque finalmente, al parecer, se ha dado otro destino a las cantidades obtenidas. De por sí, este cambio de destino es abusivo puesto que se fuerza a algunos justiciables a sostener otros gastos diferentes a los del propio servicio que se le ha prestado.

Es evidente que el fin oculto era el que se viene denunciando: reducir la carga judicial obstaculizando el acceso a la Justicia a los ciudadanos con pocos recursos y permitiendo solicitar justicia sólo a quien tiene el derecho a la justicia gratuita y a quien tenga con cuentas saneadas.

ASÍ QUE SEGUIREMOS INSISTIENDO EN NUESTRA LUCHA CONTRA ESTA INJUSTICIA.

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