LEY 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Tenemos una nueva norma sucesoria en el País Vasco. Ya existía un derecho civil foral vasco disperso en el sentido de que no había una vecindad civil foral única y así teníamos diversas instituciones sucesorias o afectantes a regímenes matrimoniales, pero tras esta nueva norma se reformula y extiende a todos los ciudadanos vascos.

Un buen resumen de dicha norma, realizada por José Antonio Hebrero Hernández, Notario de Irún, la podemos encontrar en este enlace

Lo más destacable a mi modo de ver es el régimen de legítimas establecido, en el que se reduce la cuantía de la legítima de los descendientes a un tercio de la herencia. Además, este tercio podrá ser distribuido libremente por el causante entre los legitimarios, incluso privando a unos de la legítima y atribuyéndosela íntegramente a los demás o a uno solo.

Prácticamente supone el establecimiento de la facultad de desheredar a un descendiente si concurre con otros.

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