Abogacía colaborativa como medio para luchar contra querulantes y plicapleitos

Uno más de los motivos por el que tenemos un exceso de pleitos en relación a los países de nuestro entorno, además de la existencia de una inseguridad jurídica derivada de un exceso de normas y del incumplimiento voluntario de muchas de ellas, del abandono por falta de interés de los medios alternativos de resolución de conflictos y de la falta de medos personales y materiales, o cuando menos su organización ineficiente, es que en nuestro modelo de asesoramiento legal en ocasiones y en manos inadecuadas divergen los intereses del cliente y del letrado.
De hecho la RAE define a este último como un picapleitos, aquel abogado que sin pleitos los anda buscando, o al abogado enredador o rutinario. No define aunque lo va a incluir el caso del cliente querulante, es decir, el cliente que aún contra la recomendación de más de uno y de dos abogados sigue buscando como pleitear sin razones para ello, llegando al paroxismo de perder pleitos sin capacidad de recurso e intentar reiniciar el proceso desde el principio nuevamente con otros argumentos.
El picapleitos y el querulante comparten su voluntad de judicializar el asunto, creando por motivaciones diversas verdaderos atascos en un servicio público.
¿Qué soluciones se han encontrado en otros países de nuestro entorno para evitar esto? Principalmente los métodos alternativos de resolución de conflictos    (ADR – mediación, conciliación, medArb y arbitraje) pero también la llamada abogacía colaborativa.
Consiste en obligar al abogado que ha llevado la negociación previa a renunciar a seguir prestando servicios profesionales a su cliente si el asunto debe judicializarse. En ese momento es otro profesional quien toma las riendas del asunto.
El objetivo es conseguir que la curva de intereses del abogado en todo momento coincida con la de su cliente, de forma que agote todos y cada uno de los medios posibles para llegar a una transacción y no se vea incentivado a acudir a los tribunales en ningún momento.
Esa fórmula por ejemplo está implantada en Gran Bretaña desde tiempos remotos con dos figuras claramente diferenciadas como son el solicitor y el barrister 
 
¿Estaríamos dispuestos a copiar este modelo?

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