La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cláusulas nulas y el sistema hipotecario español.

Este pasado 14 de Marzo de 2013 se ha dictado una sentencia por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto referente a Mohammed Aziz contra CataluñaCaixa. En su origen, y como consecuencia de un procedimiento hipotecario la segunda se adjudicó la vivienda del Sr. Aziz por el 50% del valor de la misma.

 

Con posterioridad pero coetáneamente al anterior, se insta ante otro Juzgado, el de lo mercantil nº 3 de Barcelona, otro procedimiento pretendiendo la nulidad de las clausulas hipotecarias por abusivas.

 

El Magistrado  de este Juzgado, Don José María Fernández Seijo a la vista de que el procedimiento de ejecución hipotecaria será más rápido que el declarativo que se tramita ante su juzgado procede a elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea conforme con la Directiva europea sobre cláusulas abusivas (93/13/CEE), tal y como autorizan los artículos 681 y siguientes de la LEC.

En dicho momento la Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Juliane Kokott emite un informe en el que no se indica como se ha dicho en prensa que la normativa hipotecaria española es nula, sino que a modo de rodillo una vez puesta en marcha es imposible de pararla. Y que si hubiera alguna clausula nula por atentar contra los derechos de los consumidores, estos no podrían paralizar la ejecución, por lo que con posterioridad a perder su vivienda, deberían acudir a otro procedimiento declarativo en el que se defendiera que dichas clausulas resultaban abusivas.

De esta forma, el consumidor que ha perdido su vivienda y mantiene viva una deuda con el prestamista se ve impelido a iniciar un nuevo procedimiento para defender sus derechos.
La sentencia del TJUE acoge la tesis de la abogada general y establece que el juez que está conociendo de la posible nulidad de la cláusula abusiva pueda acordar la suspensión de la ejecución hipotecaria, para evitar que la sentencia que pueda dictar sobre la nulidad de determinas cláusulas no pierda su efectividad porque ya se ha ejecutado la hipoteca.

 

Las sentencias del TJUE son inmediatamente aplicables, por lo que desde ahora los jueces podrán paralizar las ejecuciones hipotecarias si entienden que puedan existir clausulas nulas.

 

¿Significa esto que el sistema hipotecario español es nulo? No. La sentencia del TJUE no ha entrado a valorar el sistema de ejecución hipotecaria y este no ha sufrido cambios de ningún tipo.

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