Efectos del preconcurso de acreedores (sobre el caso FAGOR)

A raíz de la noticia sobre la solicitud de preconcurso de acreedores por parte de Fagor, que está saliendo en diferentes medios con diferentes enunciados, se está confundiendo el preconcurso de acreedores con el propio concurso de acreedores.
El preconcurso de acreedores no es más que una declaración del deudor en el que reconoce su situación de insolvencia pero no solicita el concurso – la antigua suspensión de pagos-, si no que entiende que la misma puede tener una causa financiera y no necesariamente económica u organizativa, por lo que procede a iniciar una ronda de refinanciación y en ocasiones a intentar alcanzar un convenio con acreedores no financieros.
El preconcurso no paraliza las reclamaciones judiciales contra la empresa, ni impide el inicio de nuevos procedimientos judiciales contra la misma. Al contrario que en el concurso de acreedores, los intereses siguen corriendo…
Además es una mera comunicación al Juzgado de lo Mercantil en la que no hay intervención por parte del Juzgado, quien ni siquiera la analiza o la inadmite. Evidentemente, tampoco se nombra una administración concursal.
Entonces, ¿ Para qué sirve la declaración de preconcurso de acreedores? La única ventaja que tiene es la de proteger las operaciones de refinaciación de la deuda de futuras acciones de reintegración en un hipotético concurso futuro, siempre que estas cumplan con los requisitos que marca la ley.
 
Es decir, que si en un futuro se declarara el concurso de acreedores de la empresa, el administrador concursal no podría anular las operaciones de refinanciación por entender que al establecer nuevas garantías a favor de los bancos refinanciadores se perjudicó en ese momento al resto de acreedores que vieron minoradas las suyas.
 
Y en el caso de Fagor, se habla de una deuda de 1.000 millones de euros de la que deben refinanciar 120 millones de euros. Así que esta maniobra, el preconcurso de acreedores, no supone la intervención de la empresa ni la suspensión de pagos de la misma, si no cumplir con una segura exigencia de la banca que busca la protección de las próximas operaciones de refinanciación.
 
Ni más, ni menos.

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